Desde los inicios del franquismo hasta 1963 las españolas eran dependientes de sus padres o esposos. Los hombres controlaban la custodia de los hijos en común y las cuentas bancarias de sus esposas, así como cualquier contrato, nacionalidad y residencia. Las mujeres alcanzaban la mayoría de edad a los 25 si eran solteras, salvo que vivieran en un convento. El castigo para los esposos por matar a su esposas por cometer adulterio (o al adúltero), o a una hija menor de 23 que vivía en su casa por tener relaciones sexuales (o “al corruptor”) era solo destierro, y no había castigo alguno por lesiones no graves.